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CC y Educación: ¿Qué se aprobó y qué se rechazó? 🤔

Convención Constitucional y Educación: ¿Qué se aprobó y qué se rechazó? 🤔

La semana pasada el pleno de la Convención Constitucional votó 🗳️ el último informe de la Comisión de Derechos Fundamentales. En la sesión se aprobaron diversos incisos y artículos relacionados con el derecho a la educación. A continuación, te contamos en detalle cuáles fueron ⬇️.

¿Qué se aprobó?

  1. El pleno estableció que “todas las personas tienen derecho a la educación” y que ésta es “un deber primordial e ineludible del Estado”. 
  1. Con 125 votos a favor, 4 en contra y 20 abstenciones, se consagra la libertad de enseñanza en el borrador de la nueva Constitución. El primer inciso del artículo N°19 indica que “la Constitución garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla”.
  2. Tal libertad comprende “la libertad de padres, madres, apoderados y apoderadas a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes”.
  3. En cuanto a los profesores y profesoras, se indica en el inciso cuarto su rol respecto a su libertad de enseñanza. Dice: “las y los profesores y educadores son titulares de la libertad de cátedra en el ejercicio de sus funciones, en el marco de los fines y principios de la educación
  4. La educación será “de acceso universal en todos sus niveles y obligatoria desde el nivel básico hasta la educación media”. Así lo indica el inciso primero del artículo N°17.
  5. La Convención Constituyente además estableció que habrá un Sistema Nacional de Educación que “estará integrado por los establecimientos e instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado”. 

(Sistema Nacional de Educación)

Tal sistema nacional tendrá por objetivo “promover la diversidad de saberes artísticos, ecológicos, culturales y filosóficos que conviven en el país”. Por su parte, el Estado tendrá que “brindar oportunidades y apoyos adicionales a quienes están en situación de discapacidad y en riesgo de exclusión”.

  1. En cuanto al financiamiento, será el Estado quien deba “articular, gestionar y financiar un Sistema de Educación Pública, de carácter gratuito y laico, compuesto por establecimientos e instituciones estatales de todos los niveles y modalidades educativas”. 
  1. Además, se estableció que “la Constitución reconoce el rol fundamental de las profesoras y profesores, como profesionales en el Sistema Nacional de Educación”. Esto está consagrado en el inciso cuarto del artículo N°19.
  2. Se estableció que la educación se regirá “por los principios de cooperación, no discriminación, inclusión, justicia, participación, solidaridad, interculturalidad, enfoque de género y pluralismo. Tendrá un carácter no sexista y se desarrollará de forma contextualizada, considerando la pertinencia territorial, cultural y lingüística”.

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¿Qué se rechazó? ❎

  1. Por dos votos quedó fuera de su aprobación la norma que señalaba que “el Estado deberá garantizar y promover el acceso a la educación intercultural plurilingüe en todos sus niveles”. 
  1. A su vez, fue desestimado el inciso que establecía que “el Estado podrá financiar establecimientos educacionales no estatales, siempre que se rijan por los fines y principios de la educación. Estos establecimientos tendrán prohibida toda forma de lucro”. 
  1. Otra indicación desestimada fue aquella presentada por Rocío Cantuarias, de la agrupación convencional Chile Libre. La indicación decía, entre otras cosas, que “los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar y criar a sus hijos, de acuerdo a sus propias convicciones y creencias”. Asimismo, establecía que el Estado tenía como prohibición “imponer un modelo único de educación”. 
  2. Hubo un párrafo declinado sobre el artículo de la libertad de enseñanza. Éste fue: “Asimismo, comprende la libertad para crear y gestionar establecimientos educativos, en el marco de los fines y principios de la educación, de conformidad a la ley”.

¿Dónde puedo ver el borrador de la nueva constitución? 👀

Si quieres leer el borrador oficial de la nueva constitución 📜, puedes pinchar este link. Además, te invitamos a leer este artículo, donde podrás ver con mayor detalle qué quedó fuera del debate que se sostuvo los últimos meses en torno a la educación en la CC.

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Viviana Cabezas Mayanes

Viviana Cabezas Mayanes