REFLEXIONES SOBRE EL
Decreto 67
[REFLEXIÓN Nº9]
¿Cómo impacta el Decreto 67 en la repitencia?
Hemos recorrido el decreto 67 en todas sus aristas respecto a la evaluación y calificación. Hemos pasado por sus principales disposiciones, características y recomendaciones. Estas lo convierten en una regulación de gran importancia para hacer de la evaluación parte del proceso de aprendizaje de los estudiantes.
Ahora es el turno de la promoción, segundo gran tema de este decreto. Es aquel que, bajo nuestro punto de vista en Kimche, es el más importante. ¿Por qué? porque hará que los colegios se enfoquen preventivamente y pongan todos sus esfuerzos en aquellos estudiantes que más lo necesitan.
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[ANTES]
La promoción o repitencia hasta hoy ha sido determinada por reglas numéricas simples. Es decir, según porcentaje de asistencia, promedio general y cantidad de promedios de asignatura bajo 4,0. Además, en tercero y cuarto medio se imponía una condición adicional de promedio general de tener reprobadas las asignaturas troncales de Matemática y/o Lenguaje. Se han dejado de lado las facultades que tienen los directores para hacer pasar por alto el criterio de repitencia por asistencia menor a 85%. Estas reglas, al ser automáticas, no consideran la historia de desarrollo del estudiante, su contexto particular o algún plan de acción previo a la hora de designar la repitencia. Se cumplen las reglas y el estudiante automáticamente reprobaba.
La repitencia no ha demostrado ser una medida que apunte al logro de aprendizajes de los estudiantes ni al fortalecimiento de conductas o habilidades relacionadas con la superación y el esfuerzo. Por el contrario, a pesar de que puede creerse que es una medida pedagógica útil, la evidencia muestra que aporta poco a los aprendizajes de los estudiantes y está asociada a efectos negativos para ellos, como son la deserción escolar y la baja autoestima personal y académica.
Guía de orientaciones para la implementación del decreto 67, UCE
Según investigaciones, la repitencia es una medida pedagógica pobre, que no aporta al desarrollo del estudiante. De hecho desmotiva, genera resentimiento con la escuela e involucra grandes costos para sus familias. Respecto únicamente al logro de aprendizajes la repitencia no ha demostrado resultados positivos. Incluso se asocia a un peor rendimiento progresivo en el tiempo y como un factor de alto riesgo para la deserción escolar. Emocionalmente los costos son igualmente altos. Estudios indican que el estudiante es el único percibido como responsable del fracaso. Eso deja de lado importantes factores como las acciones preventivas del colegio o la adaptación de instrumentos de evaluación a sus necesidades particulares.
[AHORA]
Ahora con la nueva disposición del decreto 67, se realiza una transición desde una repitencia automática a una excepcional. Se consideran las actuales “reglas numéricas” como un grupo de “alumnos en riesgo” que el colegio debe considerar en su planificación, para tomar acciones preventivas que resguarden su derecho a recibir una educación de calidad. El nuevo enfoque que promueve la regulación es de acompañamiento. Es decir, el colegio debe tomar responsabilidad en el proceso pedagógico de los alumnos en riesgo. Asimismo, tomar todas las acciones posibles para evitar la repitencia de los estudiantes.
Si bien no se elimina con el decreto la posibilidad de repitencia, la decisión debe ser de carácter pedagógico y fundamentada en evidencia. Debe considerar antecedentes respecto a las trayectorias escolares, hoja de vida del estudiante y las acciones preventivas realizadas por el colegio durante el año escolar. En este sentido, es de gran relevancia que el establecimiento educacional cuente con infraestructura tecnológica adecuada que soporte el registro y cruce de grandes volúmenes de datos. De esta manera podrá contar con información de calidad y a la mano en cualquier situación que se requiera.
Es fundamental generar información sobre los aprendizajes de los estudiantes de forma sistemática, desde el comienzo del año escolar, de modo de monitorear y tomar decisiones pedagógicas oportunas para apoyarlos. Esto ayudará a que la repitencia se reduzca, siendo realmente excepcional, puesto que ya se habrán puesto en marcha otro tipo de estrategias para evitar llegar a esta situación.
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¿Qué ocurre con el valor pedagógico de la repitencia?
La repitencia históricamente ha sido una medida con poco valor pedagógico. Desde su nulo impacto en aprendizajes hasta impacto negativo en costos emocionales para estudiantes y sus familias. Ahora con estas nuevas disposiciones es de esperar que se generen mejores planes y acciones para la contención de estos casos de riesgo. Según la guía de orientaciones para la implementación del decreto 67, el espíritu de esta normativa para el ámbito de repitencia tiene relación con la obligación de los colegios por resguardar el acceso a oportunidades adecuadas a las necesidades de sus estudiantes que les permitan progresar en sus aprendizajes y asegurar su permanencia en el sistema educativo.
Referencias:
- Decreto N° 67. (2018). Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Recuperado de http://bcn.cl/28c84
- Unidad de Currículum y Evaluación. (2019). Orientaciones para la aplicación del decreto 67/2018 de evaluación, calificación y promoción escolar. Recuperado de https://www.curriculumnacional.cl/614/articles-89350_archivo_01.pdf